LA NECESIDAD DEL DERECHO CANÓNICO

Una exigencia social

Toda sociedad en la medida de su crecimiento, cada uno de sus miembros y grupos necesitan, para convivir sanamente, claridad y cumplimiento de sus obligaciones, de sus derechos. Por ejemplo, todos tenemos derecho de circular en las calles con nuestros automóviles, pero también tenemos la obligación de obedecer las reglas del tránsito para evitar daños tanto personales como a los demás, etcétera.

Nuestra Iglesia una enorme sociedad

Cuando hablamos de Derecho Canónico, hablamos de las leyes que rigen los deberes y protegen los derechos de los fieles católicos, desde el inicio de nuestra Iglesia, hace 2 mil años y, actualmente de más de 1,422 millones de hermanos en la fe a lo largo y ancho de todo el mundo, bajo el cuidado pastoral de más de 5,500 obispos y 400,000 sacerdotes.

El Derecho Canónico no es una teoría lejana, por ejemplo, si hablamos de los Sacramentos, son las normas que abrazan cada año: a los más de 13 millones de nuevos bautizados; más de 8 millones y medio de confirmados; aproximadamente 10 millones y medio de fieles recibiendo por primera vez la Eucaristía y casi 2 millones de parejas que cada año se dicen: ‘sí’, ante el altar.

Ciudadanos del cielo viviendo en este mundo

Cada uno de nosotros, como fieles cristianos tenemos el llamado de vivir nuestra fe en la cotidianidad, san Pablo lo afirmaba a los filipenses quienes estaban orgullosos de su ciudadanía romana de manera categórica: “Nosotros tenemos nuestra ciudadanía en el cielo” (Fil 3, 20). El término griego original que usa san Pablo es “politeuma” (πολίτευμα). En el contexto jurídico de la época, esta palabra se refería a gozar de los privilegios legales del ciudadano romano.

El mismo Código de Derecho Canónico establece: “…Teniendo en cuenta la salvación de las almas, que debe ser siempre la ley suprema de la Iglesia” (c. 1752).

Una misma dignidad y corresponsabilidad

El Derecho Canónico establece: “Son fieles cristianos quienes, incorporados a Cristo por el bautismo, se integran en el pueblo de Dios, y hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cada una según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo…” (C. 204) “Por su regeneración en Cristo, se da entre todos los fieles una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y acción, en virtud de la cual todos, según su propia condición y oficio, cooperan a la edificación del Cuerpo de Cristo” (C.208).

La normativa de la Iglesia para vivir en orden

Las leyes existentes en la Iglesia son fruto de los 2,000 años de su existencia, ya los primeros cristianos resolvieron situaciones como la correcta atención a las viudas y la aceptación de los no judíos en la comunidad.

En la actualidad existe una cantidad enorme de leyes existentes en el Derecho Canónico. La “columna vertebral” de estas leyes se encuentra en el Código de Derecho Canónico, un conjunto estructurado y organizado por temas en 7 secciones llamados “libros”

cuyos títulos nos dan idea de su contenido: 1) Normas Generales, está la normativa que es instrumento básico para afrontar muchos temas; 2) Pueblo de Dios, contiene derechos y deberes de: laicos, sacerdotes, obispos, gobierno universal y local de la Iglesia, los religiosos; 3) Función de enseñar, la predicación, actividad misionera, universidades y educación católica, medios de comunicación social, profesión de fe; 4) Función de santificar, los santos Sacramentos, lugares y tiempos sagrados, demás actos de culto divino; 5) Bienes temporales, adquisición y administración de bienes económicos; 6) Sanciones penales, delitos y penas; 7) Procesos, los diferentes tipos de juicios y sus procedimientos ¡Son 1,752 cánones!

Además, de acuerdo con su respectiva materia existen leyes muy específicas como las leyes de elección del Papa, leyes administrativas del territorio Vaticano, leyes de los organismos de la Curia Romana, etcétera.

Una normativa al servicio del Evangelio

 Seguros del llamado de Dios para vivir en una civilización del amor, una civilización donde el Reino de Dios se haga presente. Como bien nos recordaba Benedicto XVI en su encíclica Caritas in veritate núm. 6, no hay caridad sin justicia: “…Quien ama con caridad a los demás, es ante todo justo con ellos. No basta decir que la justicia no es extraña a la caridad, que no es una vía alternativa o paralela a la caridad: la justicia es «inseparable de la caridad», intrínseca a ella. La justicia es la primera vía de la caridad o, como dijo Pablo VI, su «medida mínima…»”.

El Derecho Canónico asegura ese “primer paso esencial” esa “medida mínima” para vivir de conforme a nuestra vida cristiana, al Evangelio.